¿Por qué he cobrado menos en diciembre?
Aunque en su día ya explicamos cómo funcionan las retenciones del IRPF, este impuesto es posiblemente el que más dudas genera y el que más cuesta de comprender, así que volvemos a la carga con un nuevo artículo hablando sobre el mismo.
Tabla de contenidos
El neto y el bruto
Lo principal para comprender qué ha pasado es saber distinguir entre salario neto y bruto. El salario bruto es el que se cobra antes de impuestos y en tu nómina aparece como «total devengo». El salario neto es el que se cobra después de impuestos y en tu nómina aparece como «líquido total a percibir».
Al primero (bruto) se le restan las deducciones (total dedu.), dando como resultado el segundo (neto). Las deducciones resultan de la suma de todos los conceptos que aparecen en la columna «Deducción» y que, normalmente, son:
- Descuento contingencias comunes (4,8%)
- Descuento base de accidentes (1,65%)
- Retención IRPF
El Descuento contingencias comunes es lo que vulgarmente se llama «Seguridad Social» y que cubre principalmente las bajas médicas… El Descuento base de accidentes es, en realidad, lo que la Seguridad Social llama «desempleo» y se utiliza el 1,55% para cubrir las prestaciones por desempleo y el 0,1% para las formaciones.
El salario en especie
Hay unos conceptos peculiares dentro de la nómina, ya que aparecen en la nómina dos veces: primero se suman (devengos) y después, se restan (deducciones). Es el caso de los pagos en especie. ¿Y por qué se hace así? Bueno, es pura lógica realmente. Si a ti la empresa te da, por poner el ejemplo más común, una cesta de navidad que vale X, en algún sitio tiene que reflejar que se ha producido ese pago en especie… pero si solo la sumara a tu nómina, te la estaría pagando dos veces, en nómina y en especie». Es por eso que se hace a la vez una resta, para dejar la cuenta a 0, pero reflejado en nómina que se ha entregado ese «dinero en especie».
Cómo funcionan los programas de nóminas
Básicamente los programas de nóminas que utilizan las empresas hacen cálculos automáticos, en base a los mínimos que tiene que pagar cada persona trabajadora y tirando de los datos que tiene la empresa. Es decir, que si a ti te corresponde pagar menos porque tienes dos hijos, pero la empresa no sabe que tienes dos hijos, no te va a retener menos. De ahí la importancia de rellenar el modelo 145.
Además, estos programas están pensados para realizar un ajuste anual, acorde al año fiscal. Por eso muchas personas en diciembre notan que cobran menos, esto se debe a que el programa detecta que no se ha cotizado el mínimo legal durante el año y se realiza un ajuste en la última nómina. Si revisas los devengos, verás que suman exactamente lo mismo que en nóminas anteriores, pero aumentan las deducciones… y, con bastante probabilidad, lo hacen porque ha subido tu IRPF.
Es importante que sepas que el máximo que te pueden retener en la nómina de diciembre por este ajuste es de un 47%. Si retenido ese porcentaje no alcanza el mínimo de retenciones anual que nos sale en la calculadora, en ese caso la responsabilidad es de la empresa. Incluso si la empresa no ha retenido lo que debió retener, en tu declaración de la Renta de primavera puedes poner como retenida la cantidad que debió hacerla (y no lo que efectivamente retuvo), de esta manera te beneficias y se come el sapo la empresa (art. 99.5 LIRPF).
Pero, ¿cuánto tengo que pagar de IRPF?
Lo explicamos con muchísimo detalle en este artículo, que te recomendamos leer.
¿Y si me retienen menos?
Según el el artículo 88.5 del Real Decreto 439/2007, los contribuyentes podrán solicitar en cualquier momento de sus correspondientes pagadores la aplicación de tipos de retención superiores. Es decir, que si notas que te están reteniendo muy poco y sospechas que podrías llevarte una sorpresa, o bien en la nómina de diciembre o bien en la declaración de la renta, puedes pedirle a la empresa que te aplique una retención superior.
Ten en cuenta, y esto es muy importante tenerlo claro, que los impuestos tienes que pagarlos sí o sí. Es decir, que o los pagas en nómina o los pagas al hacer la declaración de la RENTA, pero que te retengan más o menos en nómina no implica que no te vaya a tocar pagar a Hacienda. Nos explicamos: si te corresponde pagar un, por ejemplo, 14% de IRPF y la empresa te está reteniendo un 2%, no significa que te vayas a librar de pagar el 12% restante, solo significa que cuando hagas la declaración de la RENTA, te va a tocar pagar ese 12% que no pagaste durante todo el año de golpe.
¿A quién reclamo esto?
Cualquier duda sobre la nómina o reclamación sobre la misma debe realizarse a Recursos Humanos. El Comité de Empresa o la Representación legal de las personas trabajadoras podrán asesorarte, pero bajo ningún concepto pueden decidir qué se descuenta en nómina o qué se abona, y muchos menos lanzar peticiones de este tipo a la empresa en nombre de nadie. Grábatelo a fuego: si se trata de dinero, tienes que hacerlo por ti mismo/a. Y, si lo piensas bien, tiene todo el sentido del mundo.