El Tribunal de Justicia de la Unión Europea declara nulo el despido durante una baja.
Solo existen dos tipos de despido: objetivo y disciplinario (EREs aparte). El primero con 20 días por año trabajado y el segundo sin derecho a indemnización. En cualquier caso tendrías derecho a paro, pues solo lo pierdes con la baja voluntaria.
Si no estás de acuerdo puedes denunciarlo y es el juez el que decide si ese despido está justificado (procedente) o no (improcedente). En caso de que el juez lo declare improcedente la indemnización es de 33 días por año trabajado (45 para el tiempo que trabajaste antes de la reforma laboral de 2012)
Pues bien, hasta ahora si te despedían durante una baja y el juez no veía causa justificada lo declaraba improcedente con la indemnización correspondiente. Pero el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en una sentencia reciente, ve vulneración de los derechos fundamentales, por lo que el despido ha sido declarado nulo sentando jurisprudencia a partir de ahora.
Pero, ¿qué supone que se declare nulo?
No solo que la empresa está obligada a volver a contratarte, sino que debe pagarte los sueldos de tramitación, o lo que es lo mismo, todo lo que te deberían haber pagado desde que te despidieron hasta la reincorporación. Además de que con este precedente es muy difícil que te vuelvan a despedir porque ya tienes una sentencia ganada.
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