Nuevos permisos retribuidos

Y sin retribuir

La semana pasada se publicó en el BOE un nuevo decreto que incluía una serie de nuevos permisos retribuidos para todas las personas trabajadoras que han llegado para facilitar la conciliación de la vida familiar y laboral.

Lo más destacable es que se equiparen los derechos de matrimonios y parejas de hecho, incluyendo a las personas convivientes en la ecuación. Todo un avance en los tiempos que corren, la verdad. Además, la ampliación a 5 días del permiso por enfermedad grave u hospitalización y, la joya de la corona, el nuevo permiso retribuido de hasta 4 días laborables anuales para causas de fuerza mayor. ¿Y qué son estas causas? Pues lo que se quedaba fuera del permiso por hospitalización o intervención quirúrgica: mi familiar está en la UCI, pero no consta como ingreso hospitalario o me han llamado de cole para que vaya a recoger al niño porque se ha caído, por citar un par de los ejemplos más comunes.

¿Y el permiso de 8 semanas no retribuidas?

Bueno, eso se ha quedado un poco a medio camino. En realidad no es un permiso, es una suspensión del contrato de trabajo… como el permiso por nacimiento, vamos. Se trata de 8 semanas NO RETRIBUIDAS que podrán solicitarse hasta que el menor cumpla 8 años. Ojo, 8 semanas EN TOTAL, no anuales. Se podrán disfrutar juntas o de manera fraccionada, con un preaviso de 10 días.

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