¿Está tu contrato en fraude de ley?

 

Es altamente probable que si llevas menos de tres años en la empresa tu contrato esté en fraude de ley. ¿Por qué? Pues porque todos los contratos de menos de tres años esta empresa los hace de obra y servicio, aunque no sea una empresa que destaque por tener ese tipo de actividad. Pero ya sabéis que ellos van por libre.

 

Un contrato laboral en fraude de ley equivale a un contrato indefinido. No es que te tengan que hacer indefinido, no es que tengas que pedir nada… es que ya eres indefinido, quiera o no la empresa. Que se lo hubieran pensado dos veces antes de hacer el contrato mal. Para lo único que sirve un contrato en fraude de ley es para que si, con suerte, el trabajador de turno no se da cuenta, el despido le salga más barato a la empresa. Realmente la inmensa mayoría de las ilegalidades que cometen tienen la misma finalidad. Es como si lanzaran una red al mar, a ver cuántos incautos pececillos pescan.

 

Pero para eso estamos nosotros. Para que os déis cuenta de todo y así la empresa no se salga con la suya. Somos como Sam ayudando a Frodo a llegar hasta el Monte del Destino. No vamos a dejar que os coma la araña gigante, prometido. 

 

Cómo saber si tu contrato está en fraude de ley

 

Pues, básicamente, lo que tenéis que mirar es el tipo de contrato que tenéis. Si está marcada la opción que véis a continuación, es un contrato de obra y servicio.

 

En la siguiente página, tendría que aparecerte algo similar a esto:

 

Donde pone «la realización de obra o servicio» está la clave. Ahí no se puede poner cualquier cosa, no se pueden poner cosas que llevan funcionando años y que constituyen la actividad habitual de la empresa. Por ejemplo, si voy a contratar a Frodo no puedo poner «hacer cosas de hobbit», tendría que poner algo más concreto y limitado en el tiempo como «llevar el anillo único hasta el Monte del Destino». 

 

Nuestro nuevo empleado temporal

 

Todos los contratos en nuestro país son indefinidos por defecto, aunque a los empresarios no les guste y se tapen los ojitos para no enterarse.  Es decir, que no es que tu contrato vaya a convertirse en indefinido… es que ya era indefinido y lo que no ha colado ha sido el intento de la empresa de hacerlo temporal. 

 

Para que cuele la temporalidad la causa de la misma tiene que estar correctamente identificada, ser concreta y, sobre todo, ser cierta. No vale poner que te han contratado para la campaña informativa de Covid-19 si luego te tienen tratando temas de todo tipo, no solo los relacionados con la Covid-19. Tampoco vale poner «apoyo, soporte y mantenimiento de las comunicaciones» porque eso es lo que hace un N1 a diario, no es una cosa excepcional ni puntual. En Comdata tienen tendencia a pensar que cuánto más escriban en ese campo, más real parece… pero lo cierto es que no cuela. 

 

Además, según una sentencia recién salida del horno, ya tampoco vale hacer alusión al contrato mercantil. Es decir, que no vale decir que el contrato que la empresa tiene con otra empresa a la que le presta el servicio es temporal. Esto lo llevamos a Inspección de Trabajo hace poco y, como aún no había ninguna sentencia que avalara lo que nos dictaba el sentido común, nos dijeron que a peinarse… pero ahora las cosas han cambiado, ahora el TS nos da la razón

 

La clave de todo esto la vais a tener en el momento del despido. Un despido es mucho más barato si tu contrato es por obra o servicio que indefinido… pero si el contrato está en fraude de ley, es indefinido y entonces te deberán pagar la indemnización de un contrato de este tipo. Si a ti te contrataron para dar servicio a un proyecto X y dicho proyecto continúa después de tu despido, ahí tienes un fraude de ley claro. 

 

Por qué hacer un contrato en fraude de ley

 

Por ignorancia. Os podríamos decir otra cosa, pero esta es la realidad. Es puro desconocimiento. Es no conocer cómo funciona la ley y tener ganas de hacer las cosas mal. Pero no os vamos a contar más porque, cómo comprenderéis, esta información podría llegar a Comdata y entonces igual descubren que pueden hacer lo mismo de manera legal… y todos preferimos los contratos en fraude de ley, ¿verdad? No le vamos a contar a Sauron cuál es el punto débil de Frodo.

 

Que ni se os ocurra…

Qué hago si mi contrato está en fraude de ley

 

No es necesario que hagas nada, a priori. Puedes denunciarlo ante la Inspección de Trabajo si te apetece, pero tampoco te va a sacar de nada porque, como te decimos, tu contrato ya es indefinido. Esto solo te serviría si tuvieras que presentar un contrato indefinido para alquilar un piso o pedir una hipoteca, entonces te vendría perfecto porque tu contrato pasaría a ser indefinido más visualmente.

 

Aquí lo importante es que sepas que, si te despiden, puedes impugnar este despido por estar tu contrato en fraude de ley.  Te puede salir la jugada redonda y que el juez ordene tu readmisión en la empresa o salirte solo bien y que en lugar de 12 días por año te lleves hasta 33, que es lo que se cobra en un improcedente. Encima hay una doctrina del TS que dice que no tendrías que devolver la indemnización por fin de contrato temporal tampoco y, por supuesto, tendrías derecho a paro. 

 

 

 

 

 

 

 

 

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