¿Cómo es demandar a la empresa?

 

A veces tenemos la sensación de que todo el tema de demandar a la empresa resulta demasiado confuso para los trabajadores y trabajadoras. No saben qué pasos hay que seguir, cómo evoluciona el proceso, qué plazos se manejan… bueno, pues hoy os lo vamos a contar.

 

Primer paso: preparar la demanda

Para preparar una demanda lo primero es identificar qué queremos demandar y ver si es demandable. No todo puede ir a juicio y a veces, aunque algo nos parezca injusto, no tenemos ley alguna que nos respalde. 

Cuando tenemos claro qué vamos a demandar, es cuando hablamos con el abogado o la abogada. Le contamos el caso y le presentamos las pruebas (nóminas, grabaciones, correos…). Hay que tener todas las pruebas recopiladas para facilitar su trabajo y para que tengamos una imagen clara de la situación porque lo que se pide en la demanda es lo que se puede conseguir, ni más ni menos. Es decir, que si tú demandas por cantidades y pides 400€ que te han dejado a deber de una horas extraordinarias, pero cuatro meses más tarde recuerdas que tampoco te pagaron 200€ de una sustitución… pues tarde, ya habría que presentar otra demanda distinta. 

Ten en cuenta que preparar una demanda es un proceso complejo y que lleva un tiempo. Normalmente se priorizan las demandas en base al plazo de vencimiento de las mismas, agilizando las que tienen un tiempo más breve para ser presentadas, pero tienes que tener claro que no es algo que se haga de la noche a la mañana y que cualquier abogado o abogada requerirá de un plazo razonable para revisar el caso, documentarlo, argumentarlo y redactar la demanda. Y, de verdad, las prisas no son buenas para estas cosas. Hay mucho en juego. 

Segundo paso: el SMAC

Se supone que el SMAC, que no es otra cosa que el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación, se creó para liberar de trabajo a los juzgados. Muchas demandas no llegan a juicio porque se pacta un acuerdo antes… pero esto solo pasa en cosas muy claras y evidentes. Normalmente la empresa apura al día del juicio para pactar. 

La conciliación en el SMAC es un paso previo necesario a cualquier demanda, lo habitual es presentar la demanda y a la vez meter la papeleta de conciliación, para que se vayan simultaneando los plazos. Antes de la pandemia el acto de conciliación en el SMAC solía tener lugar como un mes después de presentar la papeleta, pero con la excusa para todo de la covid ya ni se celebran estos actos y se a directamente a juicio. 

Vamos, que el SMAC básicamente es que te reúnes con tu abogado (si lo tienes, no es obligatorio) y la empresa y veis si podéis llegar a un acuerdo. Si hay acuerdo, se firma y te olvidas del juicio. Si no hay acuerdo, pues toca esperar.

 

Tercer paso: la Inspección de Trabajo

Hay ciertos juicios que requieren un informe de la Inspección de Trabajo. Esto pasa, por ejemplo, con accidentes laborales o demandas por categoría salarial, interpretaciones de acuerdos o convenios y demás. Es un trámite más. Básicamente la Inspección te cita y ti y a la empresa y os junta en una sala para haceros preguntas. No es un juicio y la inspectora o inspector solo van a emitir un informe, no van a resolver nada a favor o en contra de las partes. Te hará algunas preguntas sobre tu trabajo, la empresa te rebatirá y fin.

 

La notificación normalmente se envía a la empresa y es la empresa quien te la debe enviar a ti. Es importante que pidas que te faciliten el nombre del inspector o la inspectora, porque te lo pedirán al llegar. 

 

Cuarto paso: el juicio

 Vaya por delante que la asistencia al juicio del demandante es obligatoria. Y que el permiso para asistir al mismo es retribuido. Es decir, te puedes ausentar en tu horario de trabajo para ir a juicio y la empresa no te podrá descontar nada. Si, aún así, no quieres ir, siempre puedes hacerle un apud acta a tu abogado o abogada para que te represente. 

 

Al juicio hay que ir te venga bien de horario o mal, se presente o no se presente la empresa y se vaya a celebrar o no. Esto es algo que os sorprende mucho pero a veces los juicios se aplazan y no se celebran el día que toda. ¿Por qué? Pues porque están pendientes de la resolución de un conflicto colectivo, por ejemplo, o porque no da tiempo. Sí, los juzgados van como los médicos, tienen más juicios al día de los que pueden atenderse porque se basan en que no todos llegan a celebrarse… pero a veces sí se celebran todos y toca cancelar. 

 

Antes del juicio suele haber un acto de conciliación en el que, a veces, la empresa llega a un acuerdo. Suele pasar cuando saben que tienen el juicio perdido, porque quieren evitarse tener que pagar encima las costas del mismo. Ahí ya es el demandante quien decide si aceptar o no. A veces no se va a sacar nada mucho mejor que lo que ya se va a firmar en el acuerdo y no merece la pena meterse a juicio, pero hay otras que se puede conseguir más entrando a juicio que pactando. Todo es valorarlo. 

 

El juicio en sí no es como los de las películas, no os vayáis a imaginar. Básicamente las dos partes se juntan en la sala con el juez o jueza y, si procede, se va llamando a testigos. El demandante rara vez habla, salvo que esté llamado a testificar y quien suele hablar es el abogado o abogada. 

 

Los juicios suelen celebrarse en torno a un año después de la fecha de la demanda, a veces incluso más. Hay excepciones, claro está. Los juicios colectivos van algo más rápido, en torno a seis meses, y las demandas por vacaciones o conciliación suelen salir en un mes aproximadamente. La sentencia tarda entre dos semanas y dos meses, eso ya es algo que depende totalmente del magistrado que te toque. 

 

En resumen

 

Si te decides a demandar a la empresa, tendrás que esperar aproximadamente un año a tener una sentencia. Mientras tanto, te tocará seguir trabajando con las mismas condiciones y en el mismo lugar. Hay veces que el asunto se resuelve en el SMAC, pero si vas a demandar lo mejor es que te armes de paciencia y que comprendas que estas cosas no son de un día para otro, llevan su tiempo

 

No pretendemos, ni mucho menos, desanimarte. Más bien todo lo contrario: queremos que no te impacientes y que seas realista. Muchas veces desconocer este proceso os hace pensar que lo vuestro está saliendo mal y no, es que estos procesos son así: lentos. 

 

Sin embargo, las sentencias suelen ser favorables a los trabajadores que se atreven a demandar. El 78,27% de los trabajadores que presentan una demanda, la ganan. Y la satisfacción es brutal. No solo porque consigues los derechos que reclamabas, sino porque gracias a tu sentencia otros compañeros y compañeras podrán beneficiarse en el futuro. 

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