¿El permiso laboral para ir al médico incluye las consultas privadas?

Esta consulta nos llega mucho, y esto es claramente un síntoma del preocupante deterioro del Sistema de Salud Pública. Se aprecia perfectamente cómo el hecho de que cada vez sea más complicado conseguir cita con un profesional de la salud pública, beneficia a la medicina privada.

Los permisos retribuidos

La mayoría de las personas trabajadoras, aunque no todas desgracidamente, saben que tienen a su disposición una serie de permisos retribuidos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores. Quienes siguen la actualidad, o esta web, también saben que recientemente se incorporaron nuevos permisos retribuidos a esta lista.

Pues bien, ninguno de estos permisos retribuidos contempla la asistencia a consultas médicas, ya sean públicas o privadas. En el Estatuto de los Trabajadores simplemente no se menciona esto.

¿Significa eso que no tengo permiso para ir al médico? Por supuesto que no, simplemente significa que el Estatuto no contempla la retribución de dicho permiso. Es decir, puedes ir, pero la empresa puede no pagártelo o pedirte que recuperes las horas. 

Excepción a esto son los exámenes prenatales y las técnicas de preparación al parto, que sí se encuentran contemplados en el Estatuto de los Trabajadores. 

 

 

Como hay legislación más allá del Estatuto de los Trabajadores, la cosa no acaba aquí. Hay convenios colectivos que sí reconocen permisos retribuidos para consultas médicas. Por ejemplo, el Convenio de Comercio del Metal contempla hasta 16 horas de consultas médicas retribuidas, el Convenio del Metal de Zaragoza incluye hasta 24 horas y el Convenio de Contact Center hasta 35 horas. 

Aunque no es el caso de Zelenza, en algunas empresas también se reconocen permisos retribuidos de este tipo en los Planes de Igualdad. 

 

La sentencia de la Audiencia Nacional

Muchas personas nos comentáis que, hasta hace relativamente poco, la empresa no os descontaba el tiempo invertido en asistir a consultas de medicina privada. ¿Qué ha cambiado? Pues la sentencia 60/2022 de 20 de abril emitida por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, que establece que los permisos retribuidos para ir al médico reconocidos por convenio colectivo no incluyen la asistencia a consultas de médicos privados a no ser que se indique expresamente.

 

 

Resumiendo

Toda persona trabajadora tiene derecho a asistir a consultas médicas, tanto públicas como privadas. Sin embargo, la empresa podría solicitar a esta persona trabajadora que recuperara las horas o descontárselas de su nómina si el convenio colectivo de aplicación no contemplara de manera expresa su retribución. 

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