Paso a paso hacia la igualdad. Técnicas preparación al parto

En una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, con número 00102/2023 del 14/03/2023 y confirmada en el recurso 4144/2023, fechada el 7 de noviembre de 2023, ha marcado un hito importante en la equiparación de derechos laborales. La resolución reconoce a un trabajador de sexo masculino su derecho a disfrutar de un permiso retribuido para la asistencia a técnicas de preparación al parto, un beneficio que tradicionalmente se asociaba exclusivamente a las mujeres.

 

Este fallo judicial destaca por su contribución a la igualdad de género en el ámbito laboral, superando estereotipos que históricamente restringían ciertos derechos y oportunidades a las mujeres trabajadoras, esta decisión representa un paso adicional hacia la equiparación efectiva entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, garantizando la igualdad de oportunidades. La decisión se basa en la premisa de que la preparación al parto no solo es una necesidad para las mujeres embarazadas, sino que también puede ser un proceso beneficioso para los futuros padres, independientemente de su género.

 

El reconocimiento de este permiso para hombres se alinea con las recomendaciones médicas, que subrayan la importancia de la participación activa de ambos progenitores en el proceso de gestación y maternidad. Los expertos en medicina sostienen que la implicación del padre desde las etapas iniciales del embarazo contribuye positivamente al bienestar emocional y físico de la madre, así como al desarrollo saludable del bebé.

 

Este avance legal refuerza el artículo 37.3f del Estatuto de los Trabajadores (E.T.), que establece el derecho de las personas trabajadoras a una ausencia retribuida para la asistencia a clases de preparación al parto. La sentencia subraya la necesidad de interpretar la normativa laboral desde una perspectiva actualizada y acorde con los principios de igualdad y no discriminación.

 

Sin embargo, la implementación efectiva de este derecho estará sujeta en gran medida a las políticas internas de cada empresa. Mientras algunas podrían haber adoptado esta medida de forma voluntaria, interpretando la normativa con buena fe o por simple indiferencia, otras podrían requerir ajustes en sus políticas de recursos humanos. No todas las compañías han abrazado esta perspectiva de equidad de género por iniciativa propia. De hecho, algunas pueden necesitar la intervención de los tribunales para garantizar que se otorguen estos derechos y así mantener a sus trabajadores satisfechos. Como está ocurriendo con el teletrabajo y las solicitudes de adaptación de jornada. Muchas empresas están colapsando los Juzgados de lo Social, ya que ahora el teletrabajo no es posible 100% si lo pides para conciliar, pero si hay una pandemia sí que te lo permiten.

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