¿Qué se considera un deber inexcusable?
Existe un permiso retribuido en el Estatuto de los Trabajadores que suele generar muchas dudas, posiblemente por lo complicado y ambiguo de su redactado. Hoy os explicamos exactamente en qué consiste y qué dice la jurisprudencia sobre el tema.
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El artículo 34.3
La persona trabajadora, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración por el tiempo indispensable, para el cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público y personal, comprendido el ejercicio del sufragio activo. Cuando conste en una norma legal o convencional un periodo determinado, se estará a lo que esta disponga en cuanto a duración de la ausencia y a su compensación económica.
¿Qué se entiende por deber inexcusable de carácter público y personal?
Se entenderá como deber inexcusable de carácter público o personal aquel cuyo cumplimiento no puede eludirse, o bien aquel cuyo incumplimiento genere a la persona interesada una responsabilidad de orden civil, penal o administrativo, y siempre que el mismo no pueda realizarse fuera del horario lectivo.
El hecho de que sea «público y personal» significa que otra persona no puede llevarlo a cabo como si fuera su representante o sustituto y que está relacionado con las administraciones públicas y las obligaciones cívicas.
Algunos ejemplos:
- Comparecencia obligatoria por citaciones instadas por órganos judiciales, comisarías o cualquier otro organismo oficial. Por ejemplo, si eres testigo en un juicio o te citan en comisaría para prestar declaración.
- Cumplimiento de deberes ciudadanos derivados de un proceso electoral. Esto aplica a las personas que son llamadas a formar parte de una mesa electoral, por ejemplo, pero también cubre el tiempo necesario para ir a votar.
- Renovación de documentos oficiales siempre y cuando esto no pueda realizarse fuera de horario laboral. Ahora mismo, el DNI y el pasaporte no cumplirían este criterio, ya que es posible elegir fecha y hora para la cita, pero sí ciertos trámites de Extranjería o el examen del carnet de conducir.
¿Se puede usar para realizar exámenes?
No, pero esto se encuentra regulado en el artículo 23 del Estatuto de los Trabajadores aunque, nos tememos, no es retribuido.
El trabajador tendrá derecho al disfrute de los permisos necesarios para concurrir a exámenes, así como a una preferencia a elegir turno de trabajo y a acceder al trabajo a distancia, si tal es el régimen instaurado en la empresa, y el puesto o funciones son compatibles con esta forma de realización del trabajo, cuando curse con regularidad estudios para la obtención de un título académico o profesional.
¿Se puede usar para llevar a mis hijos al médico?
Tampoco. El Tribunal Supremo se pronunció en 2020, concluyendo que este permiso no cubría este supuesto al no ser una obligación pública, solo personal… la clave está en el «y» del redactado del artículo, básicamente. Sin embargo, en nuestra web puedes encontrar otras opciones que podrían servirte.
No obstante, conviene señalar que esto solo aplica a la retribución del permiso. Es decir, la persona trabajadora podrá ausentarse por esta causa, pero la empresa podría descontarle las horas utilizadas o pedirle que las recupere.
Y tampoco hay que perder de vista que algunos convenios, como el de Contact Center o Comercio del Metal, incluyen horas retribuidas para este tipo de supuestos.