¿Qué sucede cuando un sindicato firma un ERE?

Como ya informamos el mismo viernes, la empresa  y UGT han firmado un ERE que dejará en la calle a 33 personas el día 31 de marzo. Aunque en su momento ya explicamos qué era un ERE, es importante que conozcas qué consecuencias tiene que este se firme por un sindicato y qué se puede hacer al respecto.

Escenarios posibles ante un ERE

Antiguamente, las empresas tenían que solicitar una autorización administrativa para poder realizar despidos colectivos. Sin embargo, la Reforma Laboral perpetrada en 2011 por el gobierno del PP, eliminó dicho requisito. Es decir, la empresa puede hacer el ERE sin autorización de nadie y solo se «vigila» y comprueba si existen causas para justificar los despidos si alguien impugna el expediente. 

Estos son los tres escenarios posibles tras un ERE:

  1. No hay acuerdo y la empresa ejecuta el ERE sin la firma de los sindicatos.
  2. Hay acuerdo unánime.
  3. Hay acuerdo, pero no con todos los sindicatos presentes en la negociación.

Peor, ¿quién puede impugnar el ERE en cada uno de estos supuestos? 

No hay acuerdo y la empresa ejecuta el ERE sin la firma de los sindicatos

La representación legal de las personas trabajadoras, o los sindicatos, podrán demandar el ERE. Se dispone de un plazo de 20 días laborables desde la finalización del periodo de consultas, como con cualquier despido, y se trata de un proceso prioritario. 

Los órganos judiciales competentes dependen del ámbito de aplicación del ERE: si el ERE es autonómico, corresponderá a la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma respectiva y en caso de que sea de ámbito nacional, corresponderá a la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

Hay acuerdo unánime

Es importante saber que, aún en el caso de acuerdo, cada persona trabajadora podrá impugnar de manera individual el despido ante los Tribunales.  

Hay acuerdo, pero no con todos los sindicatos presentes en la negociación

Esto complica las cosas, porque el hecho de que el sindicato mayoritario en la empresa (UGT en este caso) avale la medida, ya otorga al proceso de cierta validez. CGT puede -y lo hará- impugnar igualmente la medida y llevar a la empresa ante los tribunales para que justifique la necesidad de la misma, pero la firma de UGT complica todo este proceso significativamente.

¿Y qué pasa si la Justicia anula el ERE?

Cuando judicialmente se declare la nulidad del Expediente de Regulación de Empleo:

  1. Se le abona al trabajador la cantidad estimada que hubiera correspondido de haber seguido trabajando en la empresa desde la finalización de la relación laboral a la reincorporación a la misma.
  2. Ha de producirse el automático reestablecimiento de la relación contractual indebidamente extinguida.
  3. La anulación de un expediente de regulación de empleo legitima a todos los afectados a demandar por despido.

Como el despido colectivo nunca debería haberse producido, la empresa deberá reintegrar al trabajador en su puesto de trabajo, con los mismos derechos y obligaciones que antes de la aplicación del ERE. Además, deberán abonarse los salarios de tramitación, es decir las nóminas que no se hayan cobrado desde que se produjo el despido hasta que se produzca la reincorporación. Ojo, en este supuesto la indemnización por despido recibida sería descontada de los salarios de tramitación. 

Si no hay empresa o lugar al que volver, cosa que puede pasar si cierra una fábrica o similar, se podría demandar el despido directamente y, si este fuera declarado improcedente, se tendría una indemnización de 33 días por año trabajado. 

¿Por qué firmaría un sindicato un ERE?

Bueno, esta noticia puede dar alguna pista al respecto aunque, obviamente también influye que ciertos sindicatos no tengan pudor alguno a la hora de presentar candidaturas amarillas a las elecciones sindicales, es decir, formadas por jefes y responsables de la propia empresa.

Este es el principal peligro que tiene el permitir que estos procesos salgan adelante sin oponer resistencia. Es bastante habitual que estos sindicatos metan miedo respecto a otros más combativos, como es el caso de CGT, diciendo que nuestra presencia en la empresa hace peligrar el empleo… pero a la hora de la verdad, y a las pruebas nos remitimos, quienes defendemos el empleo somos los sindicatos luchadores y reivindicativos, mientras los sindicatos amarillos como UGT se limitan a facilitar la tarea de la empresa. 

Bueno, a ver, ¿dónde dice la empresa que hay que firmar?

 

También te podría gustar...

Descubre más desde CGT ZELENZA

Suscríbete ahora para seguir leyendo y obtener acceso al archivo completo.

Seguir leyendo